Alicia nos explica sus inicios, por qué decidió emprender y cómo ha gestionado los buenos y malos momentos.
Una práctica que ha estado en el punto de mira de las autoridades es la contratación de falsos autónomos. Esta práctica puede acarrear graves consecuencias legales y económicas tanto para el centro como para el profesional. A continuación, examinamos las implicaciones de contratar falsos autónomos en centros de psicología y cómo evitarlo.
La publicación en el BOE de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que entró en vigor el pasado 2 de marzo, ha traído consigo numerosos cambios, entre ellos, uno que afecta directamente a los comúnmente denominados como “Falsos Autónomos”.
Entre las últimas disposiciones contenidas en la Ley, concretamente en la Disposición Final Novena, se suprime el apartado d) del artículo 148 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, en el que se regulaba el procedimiento de oficio ante el orden jurisdiccional social.
¿QUE SON LOS FALSOS AUTONOMOS?
Un falso autónomo es un profesional que, a pesar de estar registrado como trabajador autónomo, en realidad mantiene una relación laboral de dependencia con la empresa o centro en el que trabaja. Es decir, aunque formalmente es un trabajador por cuenta propia, en la práctica se desempeña como un empleado por cuenta ajena, ya que depende económicamente de la empresa y sigue sus instrucciones y horarios.
CONSECUENCIAS LEGALES Y ECONÓMICAS
La contratación de falsos autónomos en centros de psicología puede acarrear graves consecuencias legales y económicas. Según la legislación vigente, esta práctica puede conllevar penas de prisión de 6 meses a 6 años para los responsables de la contratación. Además, el centro podría enfrentarse a multas y sanciones económicas, que pueden ser muy elevadas, dependiendo de la gravedad de la situación y el número de falsos autónomos contratados.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es la encargada de identificar estos casos y, si se detecta que un centro ha contratado a un falso autónomo, podrían aplicarse las siguientes sanciones:
- Multas económicas: Las multas pueden variar dependiendo de la gravedad de la infracción, y pueden oscilar desde los 3.126 hasta los 10.000 euros por cada trabajador afectado. Estas sanciones pueden aumentar si se considera que la empresa ha cometido una infracción muy grave.
- Cotizaciones atrasadas: Además de las multas, el centro deberá hacer frente al pago de las cotizaciones a la Seguridad Social que no abonaron durante el tiempo en el que el trabajador fue considerado un falso autónomo, lo que puede representar una suma considerable de dinero.
- Indemnizaciones: El centro también podría ser responsable de indemnizar a los trabajadores afectados por los derechos laborales no respetados durante el tiempo en el que fueron considerados falsos autónomos. Esto incluye salarios, vacaciones, pagas extras, indemnización por despido, entre otros.
Dada la importancia de esta problemática, es fundamental que los profesionales y centros del ámbito de la psicología y terapia estén informados y tomen las medidas necesarias para garantizar condiciones laborales justas y adecuadas. Además, mantenerse actualizado sobre las regulaciones y legislaciones vigentes puede evitar sanciones y garantizar un entorno laboral más seguro y ético para todos.
DERECHOS Y DIFICULTADES DE LOS PROFESIONALES
Está bien poder resaltar la importancia de firmar un contrato mercantil en nuestra relación laboral con el centro. A menudo, se asume que, al no ser empleados, no es necesario firmar un contrato. No obstante, es esencial contar con un contrato de prestación de servicios que describa los detalles de nuestra colaboración, como las condiciones bajo las cuales se prestará el servicio, los recursos proporcionados por la empresa y la compensación económica.
Por lo tanto, es crucial asegurarse de que el contrato que firmamos no comprometa nuestra autonomía, ya que, de lo contrario, podría ser considerado inválido y podría ser llevado ante la inspección laboral. Es importante tomarse el tiempo necesario para revisar el contrato detenidamente y discutirlo con personas de confianza antes de firmarlo.
Precisamente podemos solicitar que el contrato mercantil se pronuncie expresamente sobre las siguientes cuestiones:
- Exclusividad: Evitar la exclusividad en contratos mercantiles es crucial para garantizar una relación justa entre la psicóloga y el centro de psicología.
- Flexibilidad: Los profesionales autónomos deben tener control sobre su horario y agenda, asegurando un equilibrio adecuado entre trabajo y descanso.
- Remuneración: Los pagos deben basarse en los servicios prestados en lugar de un salario fijo, y se deben manejar correctamente las facturas y obligaciones fiscales.
- Tareas a realizar: Los psicólogos autónomos deben centrarse en sus funciones terapéuticas, evitando responsabilidades administrativas o publicitarias que corresponden a empleados asalariados.
- Marca personal: Los profesionales autónomos tienen derecho a desarrollar su propia marca personal sin restricciones, lo que les permite prosperar en su carrera.
- Alta en plantilla sanitaria: Los psicólogos autónomos deben asegurarse de que los centros de psicología con los que colaboran los registren en la plantilla sanitaria para cumplir con las normativas legales.
Plataformas como Change.org ya han abierto peticiones para terminar con esta práctica a veces abusiva para el profesional, en las que aseguran “Los empresarios se libran de pagar por ti como empleado, y encima te “roban” dinero de un trabajo que realizas. Porcentajes desproporcionados de 50% para el trabajador “autónomo” y 50% para el que te “contrata”.
En resumen, asegurarse de que los profesionales autónomos tengan la capacidad de organizar su propio horario de trabajo, utilizar sus propios recursos y tomar decisiones independientes en el desempeño de sus funciones y evitar situaciones en las que un profesional autónomo dependa exclusivamente del centro de psicología para su sustento económico, son algunas prácticas que evitaran que te pongan en el punto de mira.
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Virginia Lagartos lopez
12 de abril de 2024
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Maria De Salazar Martínez
01 de septiembre de 2023
puedo dedicarlo a atender a pacientes, a mi familia o a, simplemente, desconectar, sin tener el "run-run" constante de "tengo que hacer", "que no se te pase". Ojalá lo hubiera descubierto antes!
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02 de abril de 2024
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03 de abril de 2024
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22 de enero de 2025